¿Fue verdaderamente un homicidio simple como calificó el tribunal la pena para los dos coautores culpados del hecho?, ¿nadie mandó a matar a Romina?. ¿Lorenzetti encargó su muerte pero no hallaron pruebas que lo incriminen?, ¿Y si no fue Lorenzetti?, ¿Alberto Leyes estaba implicado tal como declaró el testigo Blatter?, ¿si el testigo Blatter no mintió, investigarán la versión que dio?.
El viernes se conoció la decisión del Tribunal de la Cámara Penal N°1 que juzgó a los tres imputados: Diego Hernán Lorenzetti, ex intendente de La Calera, fue absuelto por el beneficio de la duda mientras que los otros dos acusado, Edivaldo de Oliveira Pereira y Cristian Leandro Vílchez, recibieron la pena de 22 años de prisión por ser coautores materiales y responsables penalmente, del delito de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, previsto en los artículos 79 y 49 bis, en relación del artículo 45 del Código Penal, en perjuicio de Ernestina Romina Celeste Aguilar.
Según el fallo, los únicos dos culpables del hecho cometieron un homicidio simple agravado por arma de fuego pero no agravado por mediar promesa remunerativa entonces, ¿nadie mandó a matar a Romina?, ¿por qué habrían de matarla los dos acusados si conocían a la victima y a quienes habitaban la vivienda en donde cometieron el hecho?. Un robo, quedó claro que no fue...
Si no fue un homicidio en ocasión de robo ¿puede haber algún otro motivo que no sea un crimen por encargo?. Y siendo esa última hipótesis la correcta entonces, ¿quién lo encargó?. ¿Investigarán ahora (aunque tarde) la versión de Luis Blatter, el taxista que involucró además de a De Oliveira Pereira y a Vilchez, al dirigente político Alberto Leyes?.
Ni la fiscal ni los abogados defensores pidieron compulsa para investigar a Blatter por falso testimonio entonces ¿el taxista dijo la verdad y la justicia no investigó correctamente esa versión?.
Durante los alegatos, la fiscal de cámara Carolina Monte Riso expuso los fundamentos por los cuáles consideraba que los tres imputados debían ser condenados a la pena de prisión perpetua.
Sobre el testimonio del taxista Luis Blatter, a quien supuestamente Vílchez y Oliveira Pereira le habrían ofrecieron dinero para llevarlos a cometer el hecho, Monte Riso puso dudas.
La fiscal explicó que según lo que relataba Blatter, esta negociación había sido a mediados de enero, por lo que los mensajes de texto que dijo que recibió de los coautores del crimen debería haber sido entre el 15 y 20 de enero. Sin embargo, en los resultados de la pericia del teléfono del testigo no quedó registrado ningún mensaje. Ni de ellos ni de nadie, aclaró la fiscal y preguntó: ¿Estará mal hecha la pericia?. Además informó que casi no había contactos agendados en ese aparato, sólo el de la pareja de Blatter, el del Dr. Berruezo y el del abogado Salomón (ambos defensores de Lorenzetti). Vale recordar que durante el juicio, Blatter le aseguró a la fiscal que no conocía ni había tenido contacto con el Dr. Berruezo. También dijo Blatter que los homicidas le habían enviado mensajes de SMS para contactarlo pero que después los borró por miedo. De la pericia no se obtuvieron los resultados que confirmen su versión.
Por otro lado, los abogados de Vilchez (Jorge Sosa) y de De Oliveira Pereira (Olga Allende e Ivan Coria) en sus alegatos -al igual que Marcos Juarez, defensor de Lorenzetti- pusieron en duda la falta de certeza para incriminar a sus defendidos y denunciaron las múltiples irregularidades de la instrucción policial. ¿Pedirán investigar a los policías acusados de armar la causa?.
La fiscal, durante su alegato mostró un único video donde se ve, en el mapa de la zona, una moto con dos personas a bordo que coincidían con las características descriptas por la única testigo ocular del hecho: la vecina de la casa de enfrente del matrimonio Lorenzetti. Sin embargo el Dr. Sosa indicó contradicciones de ese testimonio en la vestimenta, y dijo que no debería haber validez en las declaraciones. Afirmó que “no es la única gorrita blanca y moto”, en relación a la filmación expuesta por la fiscal.
Sosa expuso que la testimonial de Núñez (la vecina de enfrente) “no se condice con la realidad, ni con lo declarado por el brasilero”.
Por su parte, los defensores del brasilero De Oliveira Pereira, pidieron descartar como pruebas las imágenes incorporadas por la Fiscalía por no ser “válida”. También hizo referencia al procedimiento donde se secuestró el vehículo de Edivaldo. “Tenemos orden judicial, pero en vez de llevar la moto al elemento judicial la hace reconocer en un pasillo de Homicidios, sin ningún otro vehículo”, siguió. Así mismo pidieron considerar la falta de fuerza en las pruebas.
Los alegatos de las defensas de Pereira y de Vilchez no alcanzar para convencer a los jueces como sí lo hizo el abogado de Lorenzetti.
En contexto:
El homicidio de Aguilar ocurrió el 30 de enero de 2016 a las 6:30 horas, cuando ella salía de su casa ubicada en la Manzana 78 del Barrio Faecap, en la capital puntana, para ir a cursar sus estudios secundarios del Plan de Inclusión Educativa (PIE) en La Calera.
Dos hombres en una moto negra ejecutaron de dos tiros a la víctima en la puerta de su casa y no le robaron nada.
La Jueza de instrucción, Virginia Palacio, investigó al viudo de Romina como instigador del asesinato y a varios posibles sicarios.
Durante esa etapa pasaron más de 150 testigos que dieron pistas sobre enredos familiares, de parejas y hasta problemas de índole políticos que, al igual que presuntos motivos de drogas, como otra de las tantas hipótesis posible como móvil del crimen, nunca fueron investigadas.
¿Quedó impune o semi impune el crimen de Romina Aguilar?