La iniciativa fue presentada por el intendente, Daniel Orlando, y tiene como objetivo reducir el riesgo de accidentes de tránsito en la localidad, sobre todo en el Circuito Internacional, donde se dan mayormente los accidentes.
“La principal causa de
accidentes viales en todo el mundo es el consumo de bebidas alcohólicas y las
vidas en juego no son solo de quienes han bebido, sino también de otros
automovilistas y peatones. Por lo tanto, debemos tomar medidas eficaces, como
la Tolerancia Cero que ha contribuido a la reducción de accidentes viales”,
enfatizo Orlando.
La ordenanza estable como primer punto, la adhesión a
los artículos 1°, 3°, 4°, 6° y 7° de la Ley Nacional N° 24.788 de Lucha contra
el Alcoholismo y la Resolución N° 2001/2010 del Ministerio de Salud de la
Nación.
Las principales prohibiciones que la nueva
reglamentación establece son: en todo el ejido municipal de Potrero de los
Funes, el expendio de todo tipo de bebidas alcohólicas a menores de dieciocho
años de edad; el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública y en el
interior de los estadios u otros sitios, cuando se realicen en forma masiva
actividades deportivas, educativas, culturales y/o artísticas, excepto en los
lugares y horarios expresamente habilitados por la autoridad municipal
competente.
También queda prohibido toda publicidad o incentivo
de consumo de bebidas alcohólicas que sea dirigida a menores de dieciocho años
o utilicen en ella a menores de dieciocho años bebiendo.
La ordenanza prohíbe, también, en el ejido municipal
de Potrero de los Funes la realización de concursos, torneos o eventos de
cualquier naturaleza, sea con o sin fines de lucro, que requieran la ingesta de
bebidas alcohólicas desnaturalizando los principios de la degustación, de la
catación o cualquier otra manera destinada a evaluar la calidad de los
productos.
Daniel Orlando, intendente de la ciudad, detallo que
“Potrero de los Funes de un destino turístico con un polo gastronómico muy
importante, al que concurren miles de personas durante los fines de semana y en
temporada alta. Por lo tanto, debemos arbitrar todas las medidas necesarias para
evitar algunas prácticas que atentan contra la seguridad pública y,
puntualmente, cuando se exceden los límites razonables de consumo de alcohol”
La ordenanza, entre otros de sus puntos, establece
exceptuar, para el expendio de bebidas alcohólicas, a los locales gastronómicos
habilitados cuando se trate de mesas ubicadas en la vía pública con la
correspondiente habilitación o autorización municipal.
También establece horarios para el despacho de
bebidas alcohólicas de los rubros comerciales no gastronómicos: De lunes a
jueves, a partir de las 09:00 hs y hasta las 22:00 hs. De jueves a domingo, a
partir de las 09:00 y hasta las 24:00 hs.
Y por último, se prohíbe conducir cualquier tipo de
vehículos, con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de
sangre.
Las multas para quienes incumplan la ordenanza, dentro del ejido municipal, será de entre 40 mil pesos hasta los 150 mil pesos para reincidentes.
Ahora sólo resta la promulgación de la norma para que entre en vigencia.