El STJ le aceptó la renuncia a la Dra. Marhaba Mezzabotta

(20-3-18) La ahora ex Jueza interina del Juazgado de Familia y Menores Nº 1, tenía a cargo la causa de la niña de 12 años que sufrió abuso sexual con anexo carnal en la localidad de Villa de la Quebrada. 

Al cierre de esta edición se conocen los acuerdos emanados del Superior Tribunal de Justicia de San Luis Números 146 y 147, en los cuales se acepta la renuncia de la Dra. Marhaba como jueza de Familia y Menores Nº1 de la Primera Circunscripción Judicial, designando en su lugar a la Dra. Marcela Torres Cappiello, en carácter provisorio, la cual asumirá hoy a las 12 horas, en el despacho de Presidencia. 


Torres Cappiello se desempeñaba hasta el día de hoy en la Defensoría de menores Nº 2 y tiene una basta experiencia en la temática.

La Dra Marhaba asumió hace escasos meses en el cargo y una de las últimas causas en las que debió intervenir fue en la de la niña de 12 años que sufrió abuso sexual con anexo carnal en la localidad de Villa de la Quebrada. 


ADM 3443/18

PROTOCOLO DE ACUERDOS 2018

ACUERDO N° 147.- En la Provincia de San Luis, a DIECINUEVE días del mes

de MARZO de DOS MIL DIECIOCHO, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de

Justicia Dres. LILIA ANA NOVILLO, MARTHA RAQUEL CORVALÁN y CARLOS

ALBERTO COBO.-
DIJERON: Visto que por Acuerdo Nº 146/18 se aceptó la renuncia de la Dra.
Mariana Ángela Marhaba Mezzabotta al cargo de Juez Interina del Juzgado de
Familia y Menores N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial, al cual fuera afectada
por Acuerdo Nº 673/17, resulta de imperiosa necesidad a fin de asegurar el debido
servicio de justicia –art. 214 inc. 5º de la Constitución Provincial- afectar a personal
del Poder Judicial para que se desempeñe interinamente en tal cargo, ya que de
aplicarse el régimen de subrogaciones, quienes queden a cargo de dicho Juzgado
sufrirían tal recargo de tareas que impactaría negativamente en los requerimientos
de los justiciables de tal Circunscripción.-
Que conforme a lo dispuesto en el art. 42 inc. 29 de la Ley Orgánica de
Administración de Justicia, el Superior Tribunal debe determinar la forma de
reemplazo en caso de licencia, ausencia, fallecimiento, renuncia, cesantía u otro
impedimento de Magistrados, Funcionarios y Empleados.-
Que la Dra. Marcela Luján Torres Cappiello, Defensora de Niñez y
Adolescencia e Incapaces Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, ha sido
calificada en el año 2017 como recomendable por el Consejo de la Magistratura
para el cargo de Juez de Primera Instancia de Niñez y Adolescencia, y ha aceptado
el ofrecimiento de este Cuerpo para desempeñarse interinamente como Juez del
Juzgado de Familia y Menores N° 1 de la Primera Circunscripción.-
Que como consecuencia de lo anterior, debe contemplarse el reemplazo
interino de la mencionada Funcionaria.-
Que a esos efectos, y a fin de garantizar la idoneidad para el cargo, se hace
necesario considerar lo previsto en el art. 14 de la Ley Nº VI-0615-2008, en cuanto
dispone que la designación provisoria debe recaer en alguien que oportunamente se
haya sometido a la Comisión de Evaluación Técnica y haya aprobado el examen,
habiendo sido calificado como recomendable para el cargo por el Consejo de la
Magistratura de la Provincia.-
Que el Dr. Darío Román Pereyra Gmelin, empleado administrativo de la
Primera Circunscripción Judicial ha sido calificado como recomendable en el año
2017, por el Consejo de la Magistratura, para el cargo de Defensor de Niñez,
Adolescencia e Incapaces Nº 2 de la Segunda Circunscripción de la Provincia.-
Por ello, a fin de optimizar los recursos humanos con los que se cuenta y
habiendo el Dr. Pereyra Gmelin aceptado el ofrecimiento de este Alto Cuerpo para
desempeñarse como Defensor Interino de Niñez, Adolescencia e Incapaces Nº 2 de
la Primera Circunscripción;
ACORDARON: I.- AFECTAR interinamente a la Dra. Marcela Luján Torres
Cappiello, DNI N° 26.213.810, para desempeñarse en el cargo de Juez del Juzgado
de Familia y Menores N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial, hasta que se
cubra la vacante correspondiente y fijar, a esos efectos, fecha de juramento para el
día 20 de marzo del corriente año, a la hora 12:00, en Despacho de Presidencia.-
II.- DISPONER que inter dure la afectación del punto precedente, la
Dra. Torres Cappiello no prestará funciones como Defensora de Niñez y
Adolescencia e Incapaces Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, cargo que
retendrá.-
III.- AFECTAR interinamente al Dr. Darío Román Pereyra Gmelin,
DNI N° 32.646.549, para que preste funciones como Defensor de Niñez y
Adolescencia e Incapaces Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, inter dure la
afectación de la Dra. Marcela Luján Torres Cappiello dispuesta en el pto. I del
presente Acuerdo, y fijar, a esos efectos, fecha de juramento para el día 20 de
marzo del corriente año, a la hora 12:00, en Despacho de Presidencia.-
IV.- DISPONER que inter dure la afectación del punto precedente, el
Dr. Pereyra Gmelin no prestará funciones como Auxiliar de Segunda Administrativo,
cargo que retendrá.-
V.- ESTABLECER que la Oficina de Protocolo y Ceremonial
arbitrará las medidas pertinentes para la realización de los referidos actos de
juramento.-
Con lo que se dio por terminado el presente acto, disponiendo los Señores Ministros
se comunique a quienes corresponda


Informó: María José Corvalán