Diputados. Piden adherir a la modificación de Ley de Educación Nacional

(14-07-2020) Se trata de la Ley 27.550, recientemente sancionada y promulgada, modifica el artículo 109 de la Ley 26.206, de Educación Nacional, que establecía que los estudios a distancia como alternativa para jóvenes y adultos sólo podían impartirse a partir de los dieciocho (18) años de edad y que, conforme a las decisiones jurisdiccionales, podrían ser implementados a partir del Ciclo Orientado del Nivel Secundario, en la modalidad rural.

La Diputada Provincial María Fabiana Zarate, del Partido Avanzar y con el acompañamiento de Diputadas y Diputados del Interbloque San Luis Unido presentó el Proyecto de Ley de Adhesión a la Ley Nacional N° 27.550 que modifica la Ley de Educación Nacional. 
Desde que el Gobierno Nacional declaró la emergencia sanitaria y luego el aislamiento social, preventivo y obligatorio, como consecuencia de la pandemia de Covid-19, se tomaron diversas medidas para evitar la propagación de la enfermedad, entre las cuales se incluyó la suspensión de las clases presenciales en establecimientos educativos de los distintos niveles.
La Ley 27.550, recientemente sancionada y promulgada, modifica el artículo 109 de la Ley 26.206, de Educación Nacional, que establecía que los estudios a distancia como alternativa para jóvenes y adultos sólo podían impartirse a partir de los dieciocho (18) años de edad y que, conforme a las decisiones jurisdiccionales, podrían ser implementados a partir del Ciclo Orientado del Nivel Secundario, en la modalidad rural.

La nueva Ley establece que excepcionalmente, cuando la escolaridad presencial -total o parcial- sea inviable, y únicamente en caso de epidemias, pandemias, catástrofes o razones de fuerza mayor que impidan la concurrencia a los establecimientos educativos, será permitido transitoriamente el desarrollo de trayectorias educativas a distancia para los niveles y las modalidades de la educación obligatoria para menores de dieciocho (18) años de edad.

La ley modificatoria prevé que en tal situación de excepcionalidad deberán adoptarse disposiciones para la reorganización: pedagógica -de acuerdo a los Núcleos de Aprendizaje Prioritarios- e institucional, del régimen académico y de la capacitación docente.
En este orden, establece que el Estado es responsable de la provisión de recursos tecnológicos y conectividad que promuevan la igualdad educativa con condiciones de calidad.
El Proyecto, que pasó en la última sesión a la Comisión de Asuntos Constitucionales y a la Comisión de Educación, es una norma que adhiere a una ley votada en el orden nacional para dar respuesta a una necesidad social, educativa y sanitaria actual pero previendo situaciones futuras, por lo que resulta necesario que las Comisiones  y la Cámara trate el proyecto en corto tiempo.